CAPITÁN DE YATE

El título de capitán de yate, permite el gobierno de

embarcaciones de hasta 24 metros de eslora sin límite de millas náuticas.

ATRIBUCIONES

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora sin límite geográfico alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación.

  • Gobierno de motos náuticas sin límite de potencia.

REQUISITOS

  • Estar en posesión del título de Patrón de Yate.

  • Acreditar el reconocimiento médico adecuado.

  • Aprobar el examen teórico correspondiente (test de 40 preguntas).

  • Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 48 horas, de las cuales, al menos 36 horas serán de navegación en régimen de travesía y que se realizarán en una embarcación de una escuela.

  • Asistir a un curso de Radio Operador de Corto Alcance de 12 horas en un simulador homologado de una escuela.

ATRIBUCIONES

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora sin límite geográfico alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación.

  • Gobierno de motos náuticas sin límite de potencia.

REQUISITOS

  • Estar en posesión del título de Patrón de Yate.

  • Acreditar el reconocimiento médico adecuado.

  • Aprobar el examen teórico correspondiente (test de 40 preguntas).

  • Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 48 horas, de las cuales, al menos 36 horas serán de navegación en régimen de travesía y que se realizarán en una embarcación de una escuela.

  • Asistir a un curso de Radio Operador de Corto Alcance de 12 horas en un simulador homologado de una escuela.

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