CAPITÁN DE YATE
El título de capitán de yate, permite el gobierno de
embarcaciones de hasta 24 metros de eslora sin límite de millas náuticas.
ATRIBUCIONES
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora sin límite geográfico alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación.
Gobierno de motos náuticas sin límite de potencia.
REQUISITOS
Estar en posesión del título de Patrón de Yate.
Acreditar el reconocimiento médico adecuado.
Aprobar el examen teórico correspondiente (test de 40 preguntas).
Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 48 horas, de las cuales, al menos 36 horas serán de navegación en régimen de travesía y que se realizarán en una embarcación de una escuela.
Asistir a un curso de Radio Operador de Corto Alcance de 12 horas en un simulador homologado de una escuela.
ATRIBUCIONES
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora sin límite geográfico alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación.
Gobierno de motos náuticas sin límite de potencia.
REQUISITOS
Estar en posesión del título de Patrón de Yate.
Acreditar el reconocimiento médico adecuado.
Aprobar el examen teórico correspondiente (test de 40 preguntas).
Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 48 horas, de las cuales, al menos 36 horas serán de navegación en régimen de travesía y que se realizarán en una embarcación de una escuela.
Asistir a un curso de Radio Operador de Corto Alcance de 12 horas en un simulador homologado de una escuela.